El régimen jurídico de las aguas para usos agrícolas: aguas subterráneas

  • Fernando Brebbia Universidad Nacional de Rosario
Palabras clave: agua, agua subterranea, agricultura

Resumen

Como ha señalado el profesor Adolfo Gelsi Bidart la relación entre tierra yagua es alguno de los aspectos que el derecho agrario debe tener en cuenta y ello importa establecer si la regulación de las aguas compete al derecho agrario, constituye una disciplina autónoma, o bien si su estudio corresponde a diversas ramas del derecho cada una de las cuales debe ocuparse de examinar determinados aspectos, o mejor, de distintas formas de su uso y aprovechamientol (...)

Contenido: Derecho agrario y derecho de aguas. Algunos datos estadísticos acerca del agua. Los usos del agua. Aguas públicas y aguas privadas. La utilización del agua para la agricultura. El tratamiento legal de las aguas para la agricultura en los países del Mercosur: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay. Evolución legislativa del régimen de las aguas subterráneas en el derecho agrario comparado. Modernas tendencias sobre el dominio de las aguas subterráneas. Las leyes de aguas de España e Italia

Descargas

La descarga de datos todavía no está disponible.

Biografía del autor/a

Fernando Brebbia, Universidad Nacional de Rosario

Profesor Titular en la Universidad Nacional de Rosario, del Litoral y de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Presidente del Instituto Argentino de Derecho Agrario y del Comité Americano de Derecho Agrario.

Publicado
1999-01-15
Cómo citar
Brebbia, F. (1999). El régimen jurídico de las aguas para usos agrícolas: aguas subterráneas. Revista De La Facultad De Derecho, (16), 43-66. Recuperado a partir de https://revista.fder.edu.uy/index.php/rfd/article/view/305
Sección
Doctrina