La Ley de Ordenamiento Territorial y la autonomía de los gobiernos departamentales
Abstract
El propósito de la exposición de hoy es analizar cómo se inserta la reciente Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible en el ordenamiento jurídico positivo vigente en el Uruguay, fundamentalmente en lo que tiene que ver con los gobiernos departamentales, lo que se va a relacionar directamente con la autonomía de los gobiernos departamentales.
La idea que pretendo dejar planteada es la siguiente: que esta ley de ordenamiento territorial se inserta dentro de una dinámica legislativa que no es reciente -se viene dando por lo menos desde los últimos tres lustros- a través de la cual el Estado (el Gobierno nacional, si prefieren) asume determinadas competencias o regula determinados aspectos que afectan las competencias de los Gobiernos Departamentales por distintos procedimientos, que en definitiva termina en algún tipo de conflicto con las competencias departamentales. Creo que en ello es posible advertir una línea de acción que puede ser positiva, orientada en el sentido de modernizar el país, de
dotar de mayor eficiencia a distintos ámbitos de la vida institucional nacional, pero que sin embargo en algunos casos coincide, se superpone o colisiona con cometidos típicamente departamentales.
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