Naturaleza y derecho
Pensar lo real más allá de la causalidad y la imputación
Resumen
El paradigma moderno concibe a la naturaleza en una relación de disyunción, de separación entre objeto y sujeto. Esto en el modelo jurídico, en formalización y cosificación de las relaciones sociales, lo que no permite apreciar los fenómenos naturales y sociales en su integridad. Los avances en materias de derecho internacional y constitucional significan una evolución, pero no alcanzan a ser suficientes, ya que mantienen la metodología de resolución de conflictos por imputación y subsunción por lo que reitera la reducción de los procesos bio-psico-sociales a la forma. La holística de la realidad obliga a crear nuevas metodologías para trabajar en sistemas complejos e inestables, lo que impone la obligación de pensar otro derecho.
Descargas
Citas
Agamben, G. (2013). Altísima pobreza. Reglas monásticas y forma de vida. Buenos Aires: Adriana Hidalgo.
Balandier, G. (2003). El desorden. La teoría del caos y las ciencias sociales. Barcelona: Gedisa.
Barcellona, P. (1996). El individualismo propietario. Madrid: Trotta.
Bettencourt, L., Lobo, J., Helbing, D., Künert, C, y West, G. (2007). Growth, innovation, scaling, and the pace of life in the cities. PNAS, 104(17).
Bordenave, S., y Picolotti, R. (2002). Informe sobre derechos humanos y medio ambiente en América. Presentado a la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.
Bobbio, N. (1990). Ser y deber ser en la ciencia jurídica. En Contribución a la Teoría del Derecho. Madrid: Debate.
Bourdieu, P. (2011). Cuestiones de Sociología. Madrid: AKAL.
Calderón, R. (2013). Pensar otro derecho. Para una nueva poética jurídica (Tesis Doctoral). Sevilla: Universidad Pablo de Olavide.
Chies, L., y Moura, A. (2005). Introducción al daltonismo jurídico. Por una episteme de contra-mitología. Río de Janeiro: Letra Legal.
Chile (1980). Constitución Política de la República de Chile. https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=242302
Colombia (1991). Constitución Política de la República de Colombia. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991.html
Criado, M. (2014). El acuerdo de China y EEUU contra el cambio climático es “necesario pero insuficiente”. Madrid: El País.
Derrida, J. (2002). Fuerza de Ley. Madrid: Tecnos.
Diccionario Enciclopédico Básico (1985). Valencia: Plaza y Janes.
Elizalde, A. (2003). Desarrollo humano y ética para la sustentabilidad. Santiago de Chile: PNUMA- Universidad Bolivariana.
Faccendini, A. (2019). La nueva humanización del agua. Una lectura desde el ambientalismo inclusivo. Buenos Aires: Clacso.
Goldschmidt, W. (1987). Introducción Filosófica al Derecho: La Teoría Trialista del Mundo Jurídico y sus horizontes. Buenos Aires: De Palma.
Hegel, F. (1999). Principios de la Filosofía del Derecho. Barcelona: Edhasa.
Herrera, J. (2005). El proceso cultural. Materiales para la creatividad humana. Sevill: Aconcagua libros.
Herrera, J., y Sánchez, D. (2004). Aproximación al derecho alternativo en Iberoamérica. En: Direito Alternativo Brasileiro e Pensamento Jurídico Europeu. Rio de Janeiro: Lumen Juris.
Ibáñez, P. (1978). Uso Alternativo del Derecho y práctica judicial. En: Sobre el uso alternativo del derecho. Valencia: Fernando Torres.
Jacques, M. (1988). Una concepción metodológica del uso alternativo del derecho. Bogotá: ILSA.
Lacan, J. (2001). Outros Escritos. Río do Janeiro: Zahar.
López, N. (1978). Sobre el alcance teórico del uso alternativo del derecho. En: Sobre el uso alternativo del derecho. Valencia: Fernando Torres.
Luhmann, N. (2009). El Derecho de la Sociedad. Barcelona: Herder.
Morin, E. (1999). El Método. La naturaleza de la naturaleza. Madrid: Cátedra.
Naciones Unidas (1992). Convención marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático.
Nietzsche, F. (2005). Aurora. Buenos Aires: Gradifco.
Nietzsche, F. (2004). La Gaya ciencia. Buenos Aires: Gradifco.
Organización de las Naciones Unidas (1998). Protocolo De Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. https://unfccc.int/resource/docs/convkp/kpspan.pdf
Organización de las Naciones Unidas (1986). Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/righttodevelopment.aspx
Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (1978). http://www.itamaraty.gov.br/es/politica-externa/integracao-regional/6352-otca-es#:~:text=Los%20or%C3%ADgenes%20de%20la%20organizaci%C3%B3n,reforzar%20la%20soberan%C3%ADa%20de%20los
Razeto-Barry, P. (2012). Autopoiesis 40 years Later. A review and a Reformulation. Springer Science Business Media Dordrecht.
Santos, M. (2000). La naturaleza del espacio. Técnica y tiempo. Razón y emoción. Barcelona: Editorial Ariel.
Senent, J. (2020). Afectividad y conocimiento desde la tradición ignaciana. Relectura desde francisco Suárez. En Dokumentation des XIII. Internationalen Kongresses für Interkulturelle Philosophie Escuela Internacional De Filosofía Intercultural. Medellín, Colombia: Universidad Católica Luis Amigó.
Stavrakakis, Y. (2014). Lacan y lo político. Buenos Aires: Prometeo Libros.
Derechos de autor 2020 Rodrigo Calderón Astete, Isnel Martínez Montenegro
Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento 4.0.
Los autores conservan sus derechos de autor y ceden a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cuál estará simultaneamente sujeto a la licencia Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional License. que permite compartir la obra siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.