Responsabilidad social de las empresas multinacionales
DOI:
https://doi.org/10.22187/10.22187/rfd2023n56a8Palabras clave:
Responsabilidad Social Empresarial, multinacionales, derechos humanos laborales, diligencia debida, norma vinculanteResumen
En la última década, ha surgido con mucha fuerza el concepto de Responsabilidad Social Empresarial que motivó una serie de iniciativas voluntarias, como los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos, la Declaración tripartita de principios de la OIT sobre empresas multinacionales y la política social y las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales. Estos instrumentos internacionales, todos de soft law, tienen el propósito de introducir pautas ordenadoras del comportamiento socialmente responsable de las empresas y su confluencia en torno a dos conceptos que, si bien han sido utilizados en el ámbito societario, no se habían mencionado en materia de derechos humanos. Esto es, la noción de debida diligencia y la de esfera de influencia. No obstante, es necesario contar con un instrumento vinculante, y en ese sentido se ha venido trabajando desde Naciones Unidas hasta llegar a la Resolución 26/09 titulada “Elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos”.
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