TY - JOUR AU - Cecilia Fresnedo PY - 1969/12/31 Y2 - 2024/03/29 TI - Fraude a la ley JF - Revista de la Facultad de Derecho JA - Rev. Fac. Derecho VL - IS - 14 SE - Doctrina DO - UR - https://revista.fder.edu.uy/index.php/rfd/article/view/341 AB - Contenido: Elementos constitutivos del fraude a la ley.El punto de conexión debe ser de realización voluntaria. El punto de conexión debe realizarse efectivamente, pero en forma artificiosa. Debe haber abuso en la utilización del punto de conexión. Debe haber una tergiversación de la finalidad de la norma de conflicto. Funciona en el campo del orden público interno. ¿Es necesario que haya un perjuicio para que existafraude a la ley? ¿Es necesario que se intente hacer valer el resultado del fraude a la ley ante las autoridades del Estado cuyo ordenamiento jurídico se ha evadido? Análisis de la posición de Alfonsín con respecto a la excepción de fraude a la Ley. Argumentos en contra de la admisión de la excepción. Análisis de esos argumentos a partir de situaciones concretas. Distinción entre fraude a la ley, mero fraude y actividad lícita: análisis de casos. ¿Cómo y cuándo se prueba el fraude a la ley? Derecho positivo: la convención interamericana sobre normas generales de derecho internacional privado. Consecuencias del fraude a la ley ER -